Un poder es el acto mediante el cual una persona autoriza a otra para que la represente en la realización de un contrato o acto jurídico. En cada poder se debe especificar el propósito para el cual se otorga, es decir, debe contener la relación precisa de las facultades que se dan y para qué se dan a la persona que recibe el poder (apoderada). El poder puede constar en documento privado autenticado en su firma y reconocido en su contenido o en escritura pública

NOTARÍA TERCERA DEL CÍRCULO DE PASTO (NARIÑO)
Un poder por escritura pública en Colombia es un documento solemne autorizado por un notario mediante el cual una persona (poderdante) autoriza a otra (apoderado) para que la represente legalmente. Se tramita acudiendo a una notaría con la cédula de ciudadanía y el texto del mandato o solicitando su redacción directa allí, para luego firmar el instrumento público correspondiente.
Cuándo se usa:
- Poderes generales: Obligatoriamente deben otorgarse por escritura pública cuando se busca facultar al apoderado para administrar múltiples bienes o ejecutar una variedad amplia de negocios indeterminados.
- Poderes especiales: Aunque muchos se hacen por documento privado autenticado, se exige o prefiere por escritura pública para actos de disposición, venta, gravamen o limitación de dominio sobre bienes inmuebles específicos.
- Procesos judiciales múltiples: Se requiere por escritura pública cuando se confiere un poder general para toda clase de procesos judiciales.
Requisitos y pasos para el trámite
Firma y protocolización: Acudir a la notaría para firmar la escritura pública, la cual quedará registrada en el protocolo de la entidad y de la cual se expiden copias auténticas (denominadas copias) para el uso del apoderado.
- La persona que va a dar el poder debe asistir a la notaría.
- Llevar la cédula de ciudadanía.
- Llevar el documento escrito para que el notario lo autentique y reconozca si este es su caso o elevarlo a escritura pública.
Documentación: Presentar la cédula de ciudadanía original del poderdante.
Datos claros: Suministrar nombres completos, documentos de identidad, estado civil y domicilios tanto de quien da el poder como de quien lo recibe.
Delimitación de facultades: Especificar de manera precisa y taxativa las actividades, trámites o bienes sobre los cuales el apoderado tendrá autoridad.
Tiempo estimado de entrega: El mismo día.
Costo: SÍ. Según tarifa notarial.
